Zona de navegación 7
Zona 7 Navegación
Esta zona es de aguas interiores protegidas. Su equipo de seguridad y prevención de la contaminación obligatorio es el siguiente:
– Chalecos salvavidas con luz, si la navegación es nocturna, y con flotabilidad de 100N, por cada uno de los pasajeros que se encuentren en la embarcación.
– Luces y marcas de navegación según COLREG 1972. Si la navegación es diurna y Lt < 12 m: solo visibilidad ≥ 1 mn. Si la navegación es diurna y Lt < 7 m : solo linterna color blanco.
– 1 Bocina de niebla a presión manual.
– 1 Campana de 200 mm de diámetro (si Lt > 20m)
– Compás de gobierno (RD 701/2016, válido bote salvavidas/rescate). Embarcaciones de categoría A y B con cabina de gobierno o navegación.
– Cartas náuticas: Embarcaciones de categoría A y B con cabina de gobierno o navegación.
– Publicaciones náuticas navegación: Embarcaciones de categoría A y B con cabina de gobierno o navegación.
– Prismáticos:Embarcaciones de categoría A y B con cabina de gobierno o navegación.
– 1 Pabellón nacional
– 1 Linterna estanca con bombilla y pilas de respeto
– 1 Reflector de radar (solo para casco no metálico)
– 1 Tabla de señales de salvamento (CIS) si monta equipos radioeléctricos.
– 1 Tabla de bandera de señales (CIS) si monta equipos radioeléctricos.
– Botiquín y guía sanitaria. Si la tripulación es profesional: s/ RD 258/1999 y Orden PRE/3598/2003.
– Medios de gobierno de emergencia: En las embarcaciones de vela y en las de un solo motor si el gobierno es a distancia (excepto si el motor es fueraborda o de transmisión en Z)
– 2 Estachas de amarre (de longitud y resistencia adecuados a la eslora de la embarcación)
– 1 Bichero
– Inflador y juego de reparación de pinchazos: si la embarcaciones son neumáticas rígidas y semirrígidas.
– Bombas de achique de sentinas (deben achicar todas las sentinas) con un caudal mínimo a 10kPa o 45 emboladas/min: 30 Lpm (L≥ 12 m); 15Lpm (6<L<12 m); 10 Lpm (L ≤ 6m): 1 bomba manual o eléctrica (en veleros la bomba será manual y fija, operable desde la bañera). Si L ≤ 6 m con cámaras de flotabilidad, sustituible en zona 7 por achicador de 2 litros. En embarcaciones con marcado CE, ver manual de Instucciones.
Prevención de la contaminación: Convenio MARPOL anexos I (por hidrocarburos) V (por basuras) y VI (atmosférica). Para aguas sucias ver alternativas y condiciones de descarga siguientes:
– Tanques de aguas negras (embarcaciones con inodoros): No se permite la descarga de aguas sucias sin tratamiento.
– Instalación de tratamiento de aguas sucias (embarcaciones con inodoros): Descarga prohibida.
– Sistema para desmenuzar y desinfectar las aguas sucias (embarcaciones con inododros): Descarga prohibida.
– Conexión universal a tierra y válvula de cierre para la descarga al mar: Embarcaciones con tanques de retención fijos.
Equipos que no dependen de la zona de navegación:
– Extintores portátiles: Los indicados en el Manual de Instrucciones en embarcaciones de uso privado con marcado CE. En su defecto, los indicados a continuación (RD 701/2016, válidos los de bote salvavidas/rescate):
Extintores portátiles según eslora (se indica la eficacia mínima)
L < 10 m y espacio habitable cerrado: 1x 34 B
10 ≤ L < 15: ……………………………. 1x 34 B (2x 34 B si fines comerciales o lucrativos)
15 ≤ L < 20: ……………………………. 2x 34 B (3x 34 B si fines comerciales o lucrativos)
20 ≤ L ≤ 24: …………………………….. 3x 34 B (4x 34 B si fines comerciales o lucrativos)
Extintores portátiles según potencia P (excepto fueraborda P≤ 25 kW). Si L<10m servirán para cumplir los exigidos por eslora.
En no fuerabordas se calcula la eficacia11 mínima por cada compartimento de motores cerrado
P ≤ 220 kw → 1x 34 B; P > 220 → capacidad total = n B, siendo n = P×0,3
(Ejemplo: para un fueraborda de 250 kW la capacidad mínima es de 250 × 0,3 = 75 B)
Alternativa: Extinción fija + 1x 34 B próximo al motor
– Extinción fija contra incendios: El indicado en el Manual de Instrucciones en embarcaciones de uso privado con marcado CE. En su defecto los indicados a continuación para gasolina o GLP (UNE-EN ISO 9094:2017)
Extinción fija contra incendios para gasolina o GLP: Sistema fijo que evite abrir el compartimento del motor. Alternativa para motores situados en un encajonamiento sobre cubierta: extintores portátiles aptos para aberturas de incendios.
– Detector de gases con alarma luminosa y sonora: Solo con instalaciones de gas combustible, total o parcialmente, en el interior del casco. Si GLP: sistema de detección conforme a UNE-EN 15609:2012 12 en espacios de motores y de tanques
– Ventilación para gasolina (natural o forzada): Lo indicado en el Manual de Instrucciones en embarcaciones con marcado CE. En su defecto:
Ventilación forzada en cámaras de motores con arranque eléctrico, con placa de aviso de
ventilar 4 minutos en puesto de arranque.Espacios con tanques y de motores deben cumplir con UNE-EN ISO 11105:2020
– Ventilación forzada para GLP: Lo indicado en el Manual de Instrucciones en embarcaciones con marcado CE. En su defecto:
Ventilación forzada en espacios de tanques y motores, con placa de aviso de ventilar 4 minutos en puesto de arranque.
Espacios con tanques y de motores deben cumplir con UNE-EN ISO 15609:2012
– Ventilación en propulsión eléctrica: Lo indicado en el Manual de Instrucciones en embarcaciones con marcado CE. En su defecto, los espacios de baterías deben cumplir con UNE-EN ISO 16315:2016.
– Tanques de gasolina: No formarán parte del casco de la embarcación y estarán protegidos contra incendio.
– Lineas de fondeo (mínimo 5 veces la eslora): Pesos y diámetros mínimos (interpolar para esloras intermedias). El peso del ancla puede repartirse en dos, teniendo el ancla principal al menos el 75%.