Accesorios de Salvamento
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Achicador de agua
0 de 51,99 € – 3,39 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
Aros Salvavidas 60 cm
0 de 539,60 € -
Aros Salvavidas 72 cm
0 de 533,58 € -
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Balsa Pasajeros SOLAS
0 de 55.043,86 € – 8.981,23 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
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Balsa Profesional SOLAS OCEANO
0 de 51.785,08 € – 5.597,49 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
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Balsa Salvavidas Lalizas ISO-LIFERAFT 4 a 12 Plazas
0 de 51.242,28 € – 2.089,33 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
Bichero PVC
0 de 53,99 € -
Bidón Estanco
0 de 515,73 € – 18,15 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
Bocina de Niebla para Barcos
0 de 59,90 € -
Bolsa Impermeable
0 de 513,09 € – 16,09 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
Botiquín Náutico Zona Ilimitada
0 de 544,90 € -
Cabo Flotante Aro salvavidas
0 de 58,75 € -
Chaleco Hinchable Automático Cobra
0 de 579,35 € -
Chalecos Salvavidas Yamaha
0 de 535,21 € Este producto tiene múltiples variantes. Las opciones se pueden elegir en la página de producto -
Cuerno de Niebla Acero
0 de 527,10 € -
Linterna LED estanca y flotante
0 de 514,50 €
Los equipos de salvamento marítimo y seguridad que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo vienen determinados por la zona de navegación que tenga asignada la embarcación de recreo.
Equipos de salvamento según la zona de navegación
Zona 1: Zona de navegación ilimitada. Es la zona en la que se puede navegar teniendo el título de Capitán de Yate y también con el de Patrón de Yate.
Zona 2: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas. En esta zona se puede navegar sin limitación con los títulos de Capitán y Patrón de yate.
Zona 3: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas. También con los títulos de Capitán y Patrón de yate.
Zona 4: Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas. Con los títulos anteriores, además del de Patrón de embarcaciones de recreo (PER).
Zona 5: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible. Con los títulos mencionados anteriormente y el de Patrón para navegación básica (PER).
Zona 6: Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible. Con todos los títulos anteriores, además de la Licencia de navegación. También se puede navegar sin titulación siempre que la embarcación no supere los 5 metros y 15 caballos de potencia, siendo de motor o 6 metros de eslora si es de vela.
Zona 7: Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. Con todos los títulos nombrados y sin titulación con las condiciones del apartado anterior.
El equipamiento de salvamento que se necesita varía de una zona a otra.
Material de salvamento necesario en tu embarcación
Balsas salvavidas
Todas las embarcaciones que naveguen dentro de las Zonas de Navegación 1, 2 y 3, deberán llevar una o varias balsas salvavidas para el total de las personas permitidas a bordo. Las balsas serán revisadas anualmente.
Chalecos salvavidas
Chalecos salvavidas es otro de los artículos fundamentales en Salvamento y seguridad. Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada, más un 10% del total.
Las que naveguen en las Zonas 2 a 7 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada. Se proveerán chalecos salvavidas para el 100% de niños a bordo.
Aros salvavidas
Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán un mínimo de dos aros salvavidas, uno de los cuales llevará luz y rabiza. Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 4 llevarán un aro con luz y rabiza.
Bengalas
Toda embarcación de recreo deberá disponer de señales pirotécnicas de socorro como bengalas de mano, y dependiendo de la zona de navegación, tendrán que incluir cohetes con luz roja, paracaídas y señales fumígenas flotantes.
Accesorios de salvamento
También deberán incluir, atendiendo a la zona de navegación, material náutico como prismáticos, linterna estanca, bocina de niebla, espejo de señales, código de señales y material de armamento diverso como un inflador y un juego de reparación de pinchazos, un bichero, o un botiquín, entre otros.
Extintores
Por otra parte, las embarcaciones de recreo, incluso aquellas dotadas de otros sistemas de extinción, deberán llevar extintores portátiles en la cantidad y del tipo que se especifica en la Orden. Los extintores deberán instalarse en puntos de fácil acceso y alejados en lo posible de cualquier fuente posible de incendio.
Cuando la embarcación lleve instalación eléctrica de más de 50 voltios, uno de los extintores debe ser adecuado para fuegos de origen eléctrico.
El extintor contendrá al menos de 2 kilogramos de producto extintor (polvo seco, o cantidad equivalente de otro producto extintor). Las embarcaciones con motores que utilicen combustible clasificado del grupo 1 , de acuerdo con el artículo 19 (Combustibles líquidos cuyo punto de inflamación sea inferior a 55 grados), deberán estar provistas de una instalación fija de extinción en el compartimento del motor, que evite abrir el compartimento en caso de incendio.
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