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Una embarcación semirrígida, también conocida como lancha, está compuesta por un flotador o tubular, de PVC o Neopreno Hypalon, y un casco rígido, de fibra de vidrio o aluminio.
Las embarcaciones semirrígidas, al igual que otras embarcaciones destinadas al uso recreativo, necesitan una documentación que incluya abanderamiento, matrícula y registro por diversas razones legales y de seguridad:
Además de esta documentación, la embarcación requiere la patente de navegación, el certificado en el registro español, la licencia de navegación, el certificado de navegabilidad, la acreditación de haber realizado las inspecciones y una póliza de seguro.
Las embarcaciones semirrígidas, al ser también vehículos, son de obligatoria inscripción o matriculación, de manera que queden identificadas. Para realizar este procedimiento, es necesario acudir a la Capitanía Marítima o Distrito Marítimo, donde se realizará la solicitud.
Por otro lado, es importante que verifiques las leyes marítimas y las normativas específicas de tu país para determinar si es necesario matricular tu embarcación semirrígida.
La matriculación de una embarcación suele implicar registrarla en una entidad marítima o autoridad competente, donde se asignará un número de matrícula único que identificará a la embarcación. Este proceso generalmente requiere proporcionar información sobre el propietario, las características técnicas de la embarcación y su uso previsto.
Además del cumplimiento legal, matricular tu embarcación semirrígida también puede proporcionarte una serie de ventajas, como tener acceso a servicios marítimos, protección en caso de accidentes o emergencias, y la posibilidad de navegar en aguas internacionales bajo la bandera de tu país.
Para obtener información más precisa y actualizada sobre sí debes matricular tu embarcación semirrígida y cómo realizar el proceso, te recomendamos consultar con la autoridad marítima o entidad competente de tu país. Ellos podrán proporcionarte las pautas y requisitos específicos que debes seguir para la matriculación de tu embarcación.
Según el Real Decreto 607/1999, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas:
Si quieres obtener más información sobre la contratación de seguros de embarcaciones de recreo, puedes consultar la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Las embarcaciones semirrígidas también deben tener la ITB (Inspección Técnica de Barcos), equivalente a la ITV de los coches. Se realizan periódicamente en la Administración Marítima y entidades colaboradoras, y aseguran que la embarcación cumple los requisitos para la navegabilidad.
AVISO: El uso de Aluminio para la fabricación de éste tipo de embarcaciones Semirrígidas puede verse afectado por la “corrosión galvánica” si no se realiza una adecuada instalación o mantenimiento de la misma.
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